En un giro inesperado, el Acuerdo Ministerial N° MDT-2026-046, que proponía una reestructuración profunda de la jornada laboral en Ecuador, quedó sin efecto apenas 48 horas después de su suscripción. El documento, firmado digitalmente por el ministro de Trabajo, Harold Burbano, a las 19:41 del pasado 18 de febrero de 2026, desató una ola de críticas de sindicatos y juristas al permitir, entre otros puntos, extender el horario de trabajo diario hasta las 12 horas.
Este 20 de febrero, Burbano intentó aplacar la polémica asegurando que el texto «no está vigente» y que será sometido a una «discusión nacional» dentro del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS). No obstante, el propio documento establecía en su disposición final que entraría en vigor al momento de su firma, independientemente de su publicación en el Registro Oficial.
Los puntos críticos: Jornadas de 12 horas y descansos
La controversia se centra en el artículo 4 del acuerdo, el cual introducía la posibilidad de que empleadores y trabajadores acuerden incrementar la jornada diaria hasta un máximo de 12 horas, a cambio de otorgar más días de descanso. Según el Ministro, esto no representa un aumento, sino una «dinamización» para cumplir las 40 horas semanales de forma flexible.
Sin embargo, expertos legales advierten sobre la ambigüedad en el pago de horas extras. Aunque el acuerdo menciona el respeto al artículo 55 del Código del Trabajo (que regula los recargos del 50% y 100%), el texto del MDT-2026-046 añadía una frase que encendió las alarmas: «Estas jornadas no tendrán recargos siempre que estén dentro de los límites aquí establecidos». Esto sugiere que, al compensarse con descanso, el trabajador podría perder el beneficio económico por el tiempo suplementario.
Advertencias de ilegalidad y falta de claridad
La abogada laboral Vanessa Velásquez y la Asociación de Abogados Laboristas del Ecuador (AALE) han señalado graves inconsistencias:
- Violación al Código del Trabajo: El artículo 47 del Código establece un límite de 8 horas diarias. La AALE sostiene que permitir jornadas ordinarias de 12 horas ignora los límites legales y «elimina de facto» los recargos salariales.
- Descanso en riesgo: El acuerdo no especifica que los días de descanso deban ser consecutivos, vulnerando el derecho del trabajador a una pausa efectiva de dos días seguidos.
- Vacíos técnicos: No se aclara cómo se calcularía la compensación de horas ni qué sucede con los recargos nocturnos.
Burbano ha enfatizado que ninguna reforma será definitiva sin el consenso de empleadores y trabajadores en el CNTS, buscando calmar las tensiones con el sector sindical, que ya calificaba la medida como un retroceso en los derechos laborales.







