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Toque de queda en cuatro provincias: Noboa endurece la seguridad nocturna

Tras la renovación del estado de excepción en nueve provincias del país, el Ejecutivo ha endurecido las medidas de seguridad mediante el Decreto 329. El presidente Daniel Noboa dispuso la implementación de un toque de queda específico para las provincias de Guayas, Los Ríos, Santo Domingo de los Tsáchilas y El Oro. La decisión responde a una estrategia gubernamental frente a la «reconfiguración de grupos delictivos» y busca minimizar el riesgo de víctimas colaterales durante intervenciones de gran escala.

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Vigencia, horarios y objetivos de la restricción

La restricción de la libertad de tránsito entrará en vigor desde las 00:00 del próximo domingo 15 de marzo y se extenderá hasta el 30 de marzo de 2026. El horario establecido para la prohibición de circulación es de 23:00 a 05:00.

Durante este periodo de 15 días, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, con el respaldo estratégico de Estados Unidos, intensificarán operativos orientados a desarticular estructuras de minería ilegal y narcotráfico. Según las autoridades, estas acciones de «magnitud» buscan recuperar territorios en disputa, especialmente en zonas críticas como Los Ríos, donde los índices de violencia se han mantenido elevados.

Sectores exceptuados de la medida

Con el fin de no paralizar servicios esenciales, el Decreto establece que el personal y vehículos de las siguientes áreas podrán circular previa acreditación documental:

  • Red de Salud: Trabajadores y unidades de la Red Pública Integral y privada complementaria.
  • Fuerza Pública: Miembros activos de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas.
  • Seguridad y Riesgos: Entidades de seguridad ciudadana y servicios de gestión de riesgos.
  • Emergencias: Personal destinado a la atención inmediata de desastres.
  • Atención Invernal: Operaciones de respuesta a los efectos de la época lluviosa coordinadas por la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos.

Sanciones y uso de la fuerza

El incumplimiento de esta disposición legítima de autoridad competente conlleva implicaciones legales severas. Quienes circulen fuera del horario permitido sin justificación técnica podrían enfrentar penas de uno a tres años de prisión, según lo estipulado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Adicionalmente, el Gobierno ha advertido que, en caso de resistencia a los controles o intentos de evasión del toque de queda en las cuatro provincias mencionadas, las autoridades están facultadas para actuar y neutralizar cualquier amenaza detectada durante los operativos nocturnos.

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