El silencio electoral para la Consulta Popular y Referéndum, convocado para el 16 de noviembre de 2025, comenzará el jueves 14 de noviembre de 2025 a la medianoche y se extenderá hasta las 17:00 (hora de cierre de las urnas) del día de la votación, domingo 16 de noviembre.
Durante este periodo, la campaña electoral oficial, que incluye cualquier tipo de propaganda o proselitismo en medios de comunicación, redes sociales o espacios públicos, queda totalmente prohibida.
Cronograma de Restricciones (16 de Noviembre de 2025)
El calendario electoral aprobado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) establece dos periodos de restricción cruciales: el silencio electoral y la Ley Seca.
1. Silencio Electoral
- Inicio: 00:00 (medianoche) del jueves 14 de noviembre de 2025.
- Fin: 17:00 del domingo 16 de noviembre de 2025 (cierre de la jornada electoral).
- Prohibición: Se prohíben todo tipo de actos de campaña, propaganda, concentraciones o manifestaciones de cualquier índole política.
2. Ley Seca
- Inicio: 12:00 del viernes 14 de noviembre de 2025.
- Fin: 12:00 del lunes 17 de noviembre de 2025.
- Prohibición: Queda totalmente prohibida la venta, distribución y el consumo de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional.
Multa por Violación al Silencio Electoral
Las sanciones por incumplir las normativas electorales están detalladas en el Código de la Democracia. La multa específica por violación al silencio electoral depende de la naturaleza de la infracción y de quién la cometa:
Tipo de Infracción | Quién incumple | Sanción (Multa) |
Incumplimiento de las prohibiciones de la Ley Seca y/o del Silencio Electoral. | Ciudadanos en general. | La ley contempla multas de entre 10 y 20 salarios básicos unificados (SBU) para infracciones leves, dependiendo del detalle del incumplimiento. Sin embargo, en el caso específico de violación al silencio o Ley Seca, las sanciones comunes para el ciudadano se aplican en función de lo que establezca el CNE. |
Organizaciones Políticas que realicen propaganda en periodo de silencio electoral. | Partidos, movimientos y organizaciones sociales. | El Código de la Democracia establece que las organizaciones políticas que incumplan las prohibiciones de propaganda electoral (incluyendo el silencio) pueden ser sancionadas con multas económicas significativas y, en casos graves o reiterados, incluso con la suspensión de sus derechos políticos o la cancelación de su registro. |
Caso de Ley Seca
Para la violación de la Ley Seca, el CNE suele aplicar una multa equivalente a la mitad de un Salario Básico Unificado (SBU) para el ciudadano que consuma o distribuya alcohol en el periodo prohibido.
Dato de Referencia: Aunque la información actual no detalla el SBU vigente para 2025, esta referencia del 50% del SBU es el estándar histórico para la multa por incumplimiento de la Ley Seca en Ecuador.
La clave es que la Campaña Electoral Oficial concluye a la medianoche del 13 de noviembre, dando paso al periodo de reflexión y silencio previo a la votación del 16 de noviembre.