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Proceso de Sanciones Iniciado por CNE por Infringir en fotografiar su voto

El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha iniciado el proceso de tramitación de boletas de sanción electoral en contra de 71 ciudadanos que violaron la normativa al fotografiar su voto durante la segunda vuelta presidencial del 13 de abril de 2025.

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Esta acción constituye una violación directa al secreto del sufragio. Las Juntas Receptoras del Voto (JRV) han emitido boletas por presunto cometimiento de infracción electoral, los cuales contienen un informe detallado del hechos.

Los documentos constan los datos del votante: nombres, apellidos, número de cédula, número de mesa y recinto electoral donde se registró la infracción. Cada persona sancionada recibió una copia de la boleta, mientras que la original fue entregada a la Dirección de la Junta Electoral Provincial correspondiente, para su validación. Las sanciones por infringir el secreto del voto pueden incluir una multa económica que varía desde USD 9.800 hasta USD 32.900, además de la posible pérdida de derechos políticos.

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El área jurídica del CNE es la encargada de verificar que cada expediente contenga todos los elementos probatorios。Una vez validados los documentos, el CNE remitirá los expedientes al Tribunal Contencioso Electoral (TCE)

Esta entidad abrirá una fase de notificación al infractor y contará con un plazo de siete días para aplicar la sanción correspondiente.

De acuerdo con el Reglamento de Trámite Contencioso Electoral, el ciudadano notificado tiene derecho a impugnar la sanción y presentar sus alegatos de defensa. Luego de este proceso, el TCE dispone de cinco días para confirmar, modificar o anular la sanción y emitir una resolución definitiva.

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