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¿Tu comida paga IVA? Revisa la lista oficial del SRI para 2026

El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Circular Nro. NAC-DGECCGC26-00000002, un documento clave que recuerda a los contribuyentes las reglas vigentes para la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la importación y transferencia de alimentos. Bajo los principios de eficiencia y transparencia, la autoridad tributaria busca corregir errores en la facturación y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en 2026.

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Las sopas de fideo instantáneas están en la lista

¿Cuándo se aplica la tarifa 0% y cuándo el 15%?

De acuerdo con el artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno, el IVA del 0% se reserva exclusivamente para productos alimenticios en estado natural, es decir, aquellos que no han sufrido transformaciones que alteren su naturaleza original.

La autoridad recalca que si un producto de origen agropecuario es sometido a procesos de cocción, marinado, aderezado o enriquecimiento, pierde la condición de «estado natural» y, por ende, debe gravar la tarifa vigente del 15%.

Lista referencial de productos que SÍ pagan 15% de IVA

Para evitar confusiones en los puntos de venta y aduanas, el SRI presentó un listado de bienes que deben tributar la tarifa completa:

1. Productos de origen agropecuario procesados:

  • Pulpas, jugos de fruta procesados, batidos y refrescos elaborados.
  • Infusiones de té o hierbas deshidratadas listas para el consumo.
  • Carnes sometidas a cocción, precocción, aderezo o marinado.
  • Sazonadores, tofu (queso de soja) y mezclas de carnes con otros ingredientes.

2. Leche y derivados lácteos:

  • Leches importadas en todas sus presentaciones.
  • Leches deslactosadas, descremadas, semidescremadas, saborizadas o enriquecidas.
  • Crema de leche, leche condensada, evaporada, manjar, suero de leche y nata procesada.

3. Productos elaborados y enlatados:

  • Panes que no cumplen con normas técnicas específicas, productos de pastelería, repostería, pan de molde, panetones y sánduches.
  • Sopas instantáneas, fideos preparados o combinados con otros insumos.
  • Edulcorantes.
  • Enlatados importados de atún, macarela, sardina y trucha.
  • Preparaciones de atún como encebollados, ensaladas o hamburguesas en lata.

Reglas para «combos» y procesos de corrección

El SRI aclaró que si se venden productos en conjuntos o lotes (combos), la tarifa del 15% de IVA se aplicará a todo el lote si al menos uno de los componentes del paquete grava dicho impuesto.

Asimismo, se exhorta a los contribuyentes a revisar sus declaraciones. En caso de haber aplicado erróneamente la tarifa 0%, deberán presentar declaraciones sustitutivas, liquidar el impuesto faltante y pagar los intereses y multas correspondientes para evitar sanciones mayores. Esta normativa será coordinada con el Servicio Nacional de Aduanas para asegurar su aplicación inmediata en las importaciones.

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