El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha oficializado una importante reforma en la gestión de las notas de crédito destinadas al cumplimiento de obligaciones tributarias. A través de la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000015, la administración tributaria establece restricciones en los porcentajes de compensación y nuevos procedimientos electrónicos. Esta medida, firmada por la directora general Alexandra Navarrete, busca robustecer la recaudación fiscal y garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas en el país, alterando la dinámica de pagos que los contribuyentes han mantenido hasta la fecha.
Restricción del 60% y obligatoriedad de pago en efectivo
El cambio más significativo introducido por la normativa es la instauración de un techo máximo para el uso de estos documentos. A partir de la implementación de la reforma, los sujetos pasivos solo podrán cancelar hasta el 60% de cada declaración tributaria utilizando notas de crédito. El 40% restante de la obligación deberá ser liquidado obligatoriamente mediante transferencia bancaria, efectivo o los canales digitales habilitados por el SRI.
Esta limitación no se reduce únicamente al impuesto principal, sino que se extiende también al pago de multas e intereses vinculados a las deudas con el fisco. Según cifras institucionales, durante el primer bimestre de 2026, el uso de notas de crédito representó un movimiento superior a los 730 millones de dólares, lo que evidencia el alto impacto que tendrá esta restricción en el flujo de caja estatal y de los privados.
Mecanismo de uso y digitalización del proceso
Las notas de crédito se originan fundamentalmente cuando existe un pago de impuestos en exceso, permitiendo al contribuyente elegir entre la devolución física del dinero o la obtención de este documento para futuras compensaciones. Históricamente, se ha preferido la nota de crédito debido a que su acreditación es más ágil frente a los reintegros en efectivo, que pueden demorar varios meses.
La nueva resolución estipula que:
- Todo proceso de compensación debe realizarse exclusivamente a través de las plataformas electrónicas del SRI.
- Las notas de crédito desmaterializadas aparecerán como un saldo en el portal institucional del contribuyente.
- El sistema permitirá el uso parcial de los saldos, siempre respetando el límite del 60% por transacción.
- Cada operación generará un registro automático para el control exhaustivo de los montos disponibles.
Excepciones, vigencia y preocupaciones del sector
La normativa aclara que este esquema de pago no será aplicable para las notas de crédito relacionadas con el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD). Asimismo, el sistema bloqueará el uso de saldos cuando existan prohibiciones legales específicas.
En cuanto a la cronología de aplicación, existe una dualidad técnica: aunque la resolución fue publicada en el Registro Oficial el 1 de abril de 2026, el texto señala que el límite del 60% entrará en vigor el 1 de mayo de 2026. Sin embargo, expertos tributarios como Idrián Estrella señalan que la publicación oficial podría haber activado la norma de forma inmediata, generando posibles dudas sobre su ejecución durante el mes de abril. Además, advierte que la exigencia de cubrir el 40% en efectivo presionará significativamente la liquidez de las empresas ecuatorianas.






