El andamiaje institucional del sector sanitario estatal ha completado un paso clave para el inicio de sus operaciones administrativas en el territorio nacional. Transcurrido más de un mes desde la firma del decreto de creación de la Empresa Pública de Abastecimiento, Infraestructura y Logística, la referida entidad estatal ya cuenta con la estructura e institucionalidad formal requerida para comenzar a funcionar de manera activa dentro del mercado. Este avance se consolidó tras la conformación total de su directorio y la correspondiente designación oficial de su gerente general. Cabe recordar que esta empresa pública fue creada originalmente mediante decreto ejecutivo emitido por el presidente de la República, Daniel Noboa, el pasado 22 de mayo de 2026, con miras a intervenir en la cadena de distribución e importación de insumos médico.
La resolución oficial mediante la cual se formalizó la designación del nuevo gerente general fue publicada de forma oficial el pasado 30 de junio de 2026 en las páginas del Registro Oficial, constando en el documento una fecha de emisión previa correspondiente al 3 de junio de 2026. En dicho texto legal, los miembros del directorio resolvieron por unanimidad designar al ciudadano Stalin Andino González para ocupar la gerencia general de la mencionada empresa pública.
Antes de asumir este nuevo rol gerencial, Stalin Andino González se venía desempeñando activamente dentro de la función pública como viceministro de Atención Integral en Salud, una dignidad estatal donde tenía bajo su estricta responsabilidad la coordinación y ejecución de los procesos de compra y adquisición de medicamentos adscritos a esa cartera de Estado. De igual manera, en sus antecedentes profesionales consta su desempeño previo como secretario jurídico de la Presidencia de la República. Para el inicio y sostenimiento de las operaciones de esta nueva empresa de abastecimiento, el presupuesto financiero de arranque provendrá de los fondos asignados a ese Viceministerio de Atención Integral en Salud.
Respecto al desarrollo técnico del nombramiento, la resolución detalla que la designación de Andino González ocurrió en el marco de una sesión de directorio presidida directamente por el actual ministro de Salud Pública, Jaime Otton Bernabé Erazo. En dicha sesión ordinaria, las autoridades también otorgaron su aprobación formal a la estructura organizacional provisional diseñada para el arranque operativo de la firma estatal. Específicamente, el directorio de la Empresa Pública de Abastecimiento, Infraestructura y Logística se encuentra integrado por el ministro de Salud Pública, la delegada oficial de la Presidencia de la República, Emilia Reece, y el secretario general de la Administración Pública, José Julio Neira.
El trasfondo político e internacional de esta medida fue delineado por las propias autoridades del Ejecutivo. La ministra de Gobierno, Nataly Morillo, detalló en una entrevista concedida a finales del mes de mayo que uno de los objetivos medulares de la fundación de esta nueva empresa pública consiste en gestionar de forma directa la compra e importación de medicamentos catalogados como «urgentes» procedentes de la India. Esta estrategia busca mitigar un contexto adverso de desabastecimiento generalizado de insumos que afecta a la red sanitaria del país desde hace casi un año. Ante este anuncio, los laboratorios farmacéuticos privados del Ecuador han solicitado formalmente que se tome en consideración a la industria nacional para proveer al Estado, en medio de alertas emitidas desde el año 2024 por la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) respecto a los controles de calidad de ciertos medicamentos de origen indio, lo que plantea un desafío técnico para la aceleración de compras urgentes en el exterior.
Funcionamiento interno del directorio y cláusulas de reserva
Los mecanismos de control financiero y manejo de la información quedaron normados mediante otra resolución complementaria. Con fecha del 25 de junio de 2026, el cuerpo directivo aprobó el Reglamento de Funcionamiento del directorio de la empresa pública.
Este instrumento de control administrativo dispone taxativamente que el directorio de la entidad será la única instancia encargada de autorizar todas aquellas contrataciones públicas cuyo presupuesto referencial sea igual o superior a los USD 20 millones, así como también todas las adquisiciones que se realicen mediante la modalidad de importación directa.
Por último, el reglamento de funcionamiento establece una disposición estricta de confidencialidad para los funcionarios. El documento estipula que los miembros integrantes del directorio tienen la obligación legal de «guardar estricta reserva y confidencialidad sobre todos los asuntos, deliberaciones y documentación tratados en las sesiones ordinarias o extraordinarias cuya reserva haya sido expresamente declarada por el Directorio». Esta condición de secretismo administrativo y reserva informativa deberá mantenerse de forma obligatoria por parte de los funcionarios públicos hasta por un periodo cronológico de dos años posteriores al cese oficial de sus funciones dentro del cargo.






