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SRI cambia reglas: Desde agosto, facturas solo se anularán por errores o operaciones no realizadas

El Servicio de Rentas Internas (SRI) anunció cambios clave en las normas de anulación de facturas y comprobantes electrónicos, que entrarán en vigencia el 1 de agosto de 2025. Las nuevas disposiciones buscan evitar fraudes, mejorar el control tributario y garantizar que solo se anulen documentos con errores reales o por operaciones no concretadas.

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1. ¿Qué comprobantes se pueden anular?

  • Facturas de venta, retenciones y documentos complementariossolo si:
    • Contienen errores (datos incorrectos).
    • La operación comercial no se realizó.
  • Excepciones:
    • Facturas a «consumidor final»No podrán anularse ni modificarse una vez enviadas al SRI.
    • Comprobantes usados para devolución de impuestosProhibida su anulación.

2. ¿Cómo y cuándo anular?

  • En línea (Portal SRI o Facturador SRI):
    • Plazo: Hasta el día 10 del mes siguiente a la emisión (si cae en feriado, se extiende al día hábil siguiente).
  • Nota de crédito:
    • Única opción pasado el plazo en línea.
    • Límite: Máximo 12 meses desde la emisión (aplica también para facturas físicas).

3. Nueva regla para comprobantes de retención

  • Requiere aceptación del receptor.
  • Plazo de respuesta5 días hábiles. Si no hay respuesta, la anulación se cancela.

4. Objetivo del SRI

  • Damián Larco (Director del SRI):«Buscamos información tributaria verificable y transparente, que refleje operaciones reales y combata la evasión.»
  • Beneficios:
    • Mayor control sobre facturas fraudulentas.
    • Reducción de prácticas irregulares (ej.: anulaciones ficticias).

5. ¿Qué pasa si no se cumplen las reglas?

  • Comprobantes anulados fuera de plazo o sin justificación serán rechazados.
  • Riesgo de sanciones por incumplimiento tributario.

Con estas medidas, el SRI refuerza su lucha contra la evasión fiscal y exige mayor rigor en la emisión y anulación de facturas. Los contribuyentes deben adaptarse antes del 1 de agosto para evitar inconvenientes.

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