El Gobierno Nacional ha confirmado oficialmente el descanso para las festividades de fin de año. Este miércoles 17 de diciembre de 2025, el presidente Daniel Noboa suscribió el Decreto Ejecutivo 249, mediante el cual se establece un «puente» vacacional que extenderá el feriado de Año Nuevo en todo el territorio ecuatoriano.
Cuatro días de descanso obligatorio La decisión presidencial dispone la suspensión de la jornada laboral del viernes 2 de enero de 2026, tanto para el sector público como para el privado. Al sumarse al feriado nacional del jueves 1 de enero y al fin de semana posterior, los ecuatorianos gozarán de un periodo de descanso ininterrumpido desde el 1 hasta el 4 de enero de 2026.
A diferencia de otros decretos de suspensión de jornada, el documento especifica que este día puente no será recuperable, brindando un alivio directo a la clase trabajadora y buscando incentivar el turismo interno al inicio del nuevo año.
Diferencia con el feriado de Navidad El ministro de Trabajo, Harold Burbano, aclaró previamente que esta medida no se aplicará para la Navidad. Para el 25 de diciembre de 2025, el descanso se limitará exclusivamente a ese día jueves, sin otorgar puentes adicionales. “No vamos a hacer puente esa semana (Navidad), pero la siguiente sí tendremos el descanso del 1 al 4 de enero”, explicó el funcionario.
Calendario de feriados 2026 Con la firma de este decreto, Ecuador también pone la mirada en su cronograma de descanso para el próximo año. Entre los feriados más destacados del 2026 se encuentran:
- Carnaval: 16 y 17 de febrero.
- Viernes Santo: 3 de abril.
- Batalla de Pichincha: Lunes 25 de mayo (trasladado).
- Independencia de Cuenca y Difuntos: 2 y 3 de noviembre.
Dato de referencia: La facultad del Ejecutivo para suspender jornadas laborales busca, habitualmente, dinamizar la economía a través del sector turístico, uno de los más beneficiados durante las festividades de fin de año.






