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Condena de 13 años para Dalton Narváez y Alexandra Arce por peculado

Este martes 6 de enero de 2026, la justicia ecuatoriana marcó un precedente en la lucha contra la corrupción. Un tribunal de Guayas dictó una sentencia de 13 años de prisión para los exalcaldes de Durán, Dalton Narváez y Alexandra Arce, tras ser hallados culpables del delito de peculado relacionado con el fallido sistema de agua potable del cantón.

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El millonario perjuicio por el agua en Durán La investigación de la Fiscalía General del Estado determinó que las administraciones de Arce (2014-2019) y Narváez (2019-2023) gestionaron contratos para la conducción de agua potable desde El Chobo (Milagro) que resultaron en un perjuicio económico de USD 23,2 millones para el Estado.

De acuerdo con las pruebas presentadas, una obra que inicialmente debía costar USD 21,5 millones terminó facturando USD 39,9 millones, sin llegar nunca a ser funcional para la ciudadanía. La empresa Eseico S.A. fue señalada como la principal beneficiaria, recibiendo aproximadamente USD 31 millones por un proyecto de pozos subterráneos que jamás se concretó.

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Irregularidades y penas adicionales El tribunal no solo sentenció a los exburgomaestres; otros 10 procesados, entre ellos un contratista y nueve exfuncionarios, recibieron la misma pena de 13 años de cárcel. Por el contrario, se ratificó la inocencia de José Tito Z. H.. La sentencia incluye, además, la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos para todos los condenados.

La Fiscalía sostuvo que Alexandra Arce suscribió contratos en 2014 y 2017 pese a existir estudios desactualizados y precios inflados hasta en un 200%. Por su parte, Dalton Narváez, quien fue extraditado desde Colombia hace un año, también fue vinculado por la continuidad de estas irregularidades durante su gestión.

Dato de referencia: El peculado se configura cuando funcionarios públicos disponen arbitrariamente de recursos estatales. En este caso, el Banco de Desarrollo del Ecuador exigió la devolución de los fondos debido a la terminación unilateral de los convenios de financiamiento ante la falta de resultados de la obra.

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