Inicio / Actualidad / Estabilidad Laboral Pública: ¡Ahora Se Gana con Evaluación!

Estabilidad Laboral Pública: ¡Ahora Se Gana con Evaluación!

El Reglamento a la Ley de Integridad Pública, que entró en vigencia este 23 de julio de 2025, marca un antes y un después en la administración pública ecuatoriana. Esta normativa secundaria detalla las nuevas condiciones de estabilidad laboral para los servidores públicos, directamente ligada a evaluaciones periódicas de desempeño. Además, introduce modificaciones en los pagos por indemnización en casos de supresión de puestos y establece nuevas reglas para el teletrabajo.

Maxxnet 2
Publicidad

Evaluaciones de Desempeño: La Clave para la Estabilidad Laboral

El Ministerio del Trabajo será el encargado de emitir la normativa que regulará las pruebas de confianza y el Subsistema de Evaluación de Desempeño. Estas evaluaciones, que se aplicarán de manera semestral por el jefe inmediato, buscan medir la calidad, conducta institucional, eficacia en el uso del tiempo, responsabilidad, aportes al mejoramiento institucional, liderazgo y trabajo en equipo. Para los servidores con procedimientos de contratación pública a cargo, también se evaluará la eficiencia en este aspecto.

Las Unidades de Talento Humano serán las responsables directas de estas evaluaciones. En caso de bajo desempeño, el Ministerio del Trabajo establecerá el procedimiento para la desvinculación de servidores, así como para el inicio de procesos administrativos, civiles y penales que correspondan. Las evaluaciones podrán activarse de oficio ante cualquier alerta de incumplimiento de la LOSEP.

Ad 32
Publicidad

Impacto Directo de las Calificaciones

Los resultados de estas evaluaciones tendrán un efecto directo en la carrera del servidor público:

  • ‘Excelente’: Acceso a comisiones de servicio, promociones, capacitación, reconocimiento y concursos de ascenso.
  • ‘Muy Bueno’: Consideración para promociones, capacitación, reconocimiento y concursos de ascenso.
  • ‘Satisfactorio’ (hasta dos veces consecutivas): Acceso a programas de capacitación.
  • ‘Regular’: Reevaluación en tres meses. Si obtiene la misma o menor calificación, será destituido previo sumario administrativo.
  • ‘Insuficiente’ por deficiencia grave: Destitución inmediata previo sumario administrativo (máximo 5 días para iniciarlo).

Todas las calificaciones pueden ser objeto de reconsideración y recalificación, garantizando el derecho a la defensa del evaluado.

Estabilidad Condicionada y Nombramientos Provisionales

La normativa subraya que la estabilidad de los servidores públicos estará condicionada a las calificaciones obtenidas. Los incentivos económicos (Artículo 83 de la LOSEP) solo se otorgarán si se cumplen las actividades con eficiencia.

En cuanto a los nombramientos provisionales, el nuevo Reglamento clarifica que no generan estabilidad laboral ni derecho exclusivo al puesto. La administración podrá terminarlos en cualquier momento por necesidades institucionales o cambios organizacionales, sin que esto se considere vulneración de derechos. El Reglamento anterior vinculaba estos nombramientos a la espera del ganador de un concurso de méritos y oposición.

Nuevas Reglas para Indemnizaciones y Pólizas de Fidelidad

En caso de supresión de puestos, se deberá notificar previamente al servidor y se pagará una indemnización de cinco salarios básicos unificados por cada año de servicio (a partir del quinto año y hasta un máximo de 150 salarios básicos, con base al SBU de 2015). Este monto podrá ser pagado con bonos del Estado.

Contexto general: La supresión de puestos y los esquemas de indemnización son mecanismos que los gobiernos utilizan para reestructurar el sector público, optimizar recursos o adaptarse a nuevas prioridades políticas y económicas. La posibilidad de pagar con bonos del Estado es una medida de gestión fiscal común en contextos de liquidez limitada.

Además, las instituciones públicas podrán contratar pólizas de fidelidad para servidores que manejen recursos públicos y tengan obligación de prestar caución. La Contraloría definirá los tipos de pólizas a contratar, funcionando como una garantía para asegurar el cumplimiento de obligaciones y evitar consecuencias legales.

Teletrabajo y Suspensión de Jornada Laboral

Las Unidades de Talento Humano deberán crear normativas internas para la modificación de la modalidad de teletrabajo a presencial. Esto podrá ocurrir si el servidor obtiene una calificación menor a ‘satisfactorio’ en su evaluación de desempeño, o si el jefe inmediato considera que la actividad requiere presencialidad. La norma aclara que esta modificación no será considerada una sanción.

Finalmente, la autoridad de nombramiento de un servidor podrá suspender la jornada laboral de forma parcial, previa notificación al Ministerio del Trabajo, siempre que esté justificado.

Etiquetado:

Deje un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *