El futuro político de la vicepresidenta Verónica Abad quedó en el aire tras la notificación del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) sobre la sentencia que ratifica la suspensión de sus derechos políticos por dos años. Mientras algunos argumentan que puede permanecer en el cargo, otros sostienen que debe dejarlo inmediatamente debido a la inhabilidad para ejercer funciones públicas.
El lunes 25 de marzo de 2025, el TCE notificó la sentencia definitiva que suspende los derechos políticos de Abad, una decisión tomada como sanción por incumplir normativas electorales. Sin embargo, la interpretación de esta medida ha generado un debate entre juristas, políticos y analistas sobre si la vicepresidenta debe o no abandonar su cargo.
Por un lado, dirigentes como Andrés Arauz, de la Revolución Ciudadana, han defendido que la sanción no implica la destitución automática de Abad. Según Arauz, la suspensión únicamente restringe su capacidad de elegir y ser elegida, pero no afecta su permanencia en la Vicepresidencia, ya que fue elegida mediante votación popular. Este argumento se basa en precedentes similares, como el caso de Xavier Pincay, alcalde de Portoviejo, quien continuó en el cargo pese a la suspensión de sus derechos políticos.
Sin embargo, el Gobierno de Daniel Noboa interpreta la situación de manera diferente. El ministro de Gobierno, José de la Gasca, señaló que la suspensión configura una «ausencia temporal por fuerza mayor», lo que obligaría al presidente Noboa a designar un suplente para cubrir dicha vacante. Según De la Gasca, esta decisión podría aplicarse tan pronto como el lunes 31 de marzo, una vez que el fallo sea ejecutado formalmente.
Efectos legales de la suspensión:
La sentencia de primera instancia emitida por el juez Guillermo Ortega ordena notificar al Ministerio de Trabajo para inscribir la pérdida de derechos políticos de Abad y establecer un impedimento explícito para ejercer cargos públicos. Para el abogado constitucionalista Stalin Raza, esto implica que, aunque Abad no pierde oficialmente la Vicepresidencia, queda inhabilitada para ejercerla mientras dure la sanción. «No hay que confundir: Abad no pierde el cargo porque fue electa democráticamente, pero no puede ejercerlo debido a la inhabilidad legal generada por la suspensión», explicó Raza.
Por otro lado, la abogada Ximena Ron calificó la decisión del TCE como «inconstitucional» y señaló que existe ambigüedad en su aplicación. Aunque reconoce que la sentencia sugiere la incapacidad de ocupar un cargo público, Ron argumenta que la Constitución no establece claramente que una persona ya electa deba renunciar si sus derechos políticos son suspendidos. «Esto genera un vacío jurídico que debería ser resuelto con claridad», afirmó.
Precedente de Xavier Pincay:
El caso de Xavier Pincay es citado como referencia clave en este debate. A pesar de haber sido suspendido por no asistir a un debate electoral en 2023, el TCE permitió que continuara ejerciendo como alcalde de Portoviejo. Para Ron, este antecedente respalda la tesis de que Abad podría mantenerse en el cargo. Sin embargo, Stalin Raza discrepa y considera que el TCE cometió un error al permitir que Pincay siguiera en funciones, criticando la falta de coherencia jurisprudencial del organismo.
«El problema es que el TCE va haciendo sentencias al gusto y sabor de la coyuntura política, lo que genera inseguridad jurídica», manifestó Raza, destacando la necesidad de establecer líneas claras y consistentes en la interpretación de las normas.
El caso de Verónica Abad evidencia la complejidad jurídica y política que rodea la aplicación de sanciones a funcionarios electos. Mientras unos defienden su permanencia en el cargo, otros insisten en su inhabilitación temporal. La decisión final dependerá de cómo se interprete la ley y la jurisprudencia vigente, dejando en suspenso el destino político de la vicepresidenta.






